martes, 29 de julio de 2014

REFORMA FISCAL: MÁS NOVEDADES


Últimamente se han publicado unas medidas urgentes para el crecimiento económico recogidas en el Real Decreto 8/2014 de 4 de Julio aprobado en el Congreso el pasado día 11 de Julio que atañen al comercio y su desarrollo por lo que pensamos que pueden ser de tu interés. A continuación puedes leer un pequeño resumen:

- Para la apertura de un establecimiento comercial no se necesita autorización administrativa sino que basta con una comunicación previa y ya se puede comenzar a trabajar. Eso sí, después irán a ver el establecimiento, si reúne o no las condiciones correspondientes. 

- En cuanto a las tarjetas de crédito y débito que utilizamos los comerciantes para el pago de mercadería se han dado unas normas que limitan las tasas de intercambio para incentivar el uso de la tarjeta de pago. En concreto, la limitación de las tasas de intercambio es aplicable a las operaciones efectuadas con tarjeta de pago con una limitación máxima del 0,2% en débito y el 0,3% en crédito. Para pagos inferiores a 20,00€ se establece un umbral máximo del 0,1% en tarjeta de débito y del 0,2% en tarjeta de crédito. Adicionalmente, para pago con las tarjetas de débito, el nivel máximo de la tasa será de 7 céntimos de euro (0,07€) para todos los pagos de importe superior a 35€. Estas tasas se aplicarán a partir del 1 de septiembre de 2014. 

- Se implanta el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para el colectivo de Jóvenes no ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación, que sean mayores de 16 años y menores de 25 (o menores de 30 en el caso de personas con discapacidad) con objeto de que puedan recibir una oferta de empleo, una educación continua, o una formación de aprendiz o periodo de prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleado. Los que contraten a un  joven con estas características tendrán una bonificación mensual en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social con un importe de 300,00€ durante un máximo de 6 meses, cantidad que se hará compatible con el resto de incentivos. Respecto al contrato en prácticas, se establece  una bonificación adicional hasta el 100% en las cotizaciones de la empresa a la Seguridad Social por Contingencias Comunes; para el contrato para la formación y el aprendizaje se puede elevar mucho más a través de la modificación de su regulación.

- La competencia de las oficinas del Registro Civil estará bajo el Registro Mercantil.

- En relación al Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas se introducen tres modificaciones desde 1 de Enero de 2014 y ejercicios anteriores no prescritos:
  • Se declara exenta la garantía patrimonial,
  • Se permite la compensación de rentas negativas
  • Los contribuyentes con menores ingresos que realizan actividades profesionales pueden disponer de forma inmediata de un tipo reducido de retención del 15%.